DIARIO DE PUERTOS Y NAVIERAS - 01/10/2026
Los sátrapas desleales.

La Autoridad Portuaria de Ceuta, la última de una saga de desleales.

El artículo 149 de la Constitución reserva la competencia exclusiva del Estado para los puertos relevantes por su tráfico comercial, o su posición estratégica. Sin embargo, la Constitución no se cumple en absoluto y esto ha llevado a un conflicto más de los muchos que se han vivido, en este caso en Ceuta, por el encontronazo entre el Estado, representado por el Ministerio de Transportes y la Comunidad Autónoma. Y lo peor es un grave encontronazo entre los funcionarios y el poder del Estado que se ha visto impotente ante el cachondeo de algunos funcionarios con esta competencia que reserva la Constitución.


Hay que decir que ese artículo 149 empezó a ser papel mojado desde que el señor Aznar, en su necesidad de pactar con Jordi Pujol para llegar al poder, hizo lo que le convenía a sus intereses que fue firmar el pacto del Majestic, el 26 de abril de 1996, por el cual se transfería a las Comunidades Autónomas y en especial a la catalana el poder sobre el puerto de Barcelona esencialmente.

Desde entonces múltiples gobiernos con mayoría absoluta no han hecho nada por cambiar ese desastre, es más, han seguido ampliando esa disfunción hasta hacer que los consejos de administración de los Puertos tengan una mayoría controlada por la Comunidad Autónoma. Un desvarío que pasa factura cada vez que el Estado, eso que reserva la Constitución en el artículo 149, necesita un puerto para algo.

En este caso de Ceuta, para utilizar sus instalaciones para instalar unos campamentos de acogida de inmigrantes. Pero paso antes con el Piolín en el procés, con el Hanta Virús, etc..

El bochorno es ver cómo un jovencito abogado del Estado de estos que se creen dioses, por que que poseen el Estado por llevarlo en el apellido de su cargo, critica al Estado que le paga y que le ha puesto ahí y cuya Constitución ha jurado defender, seguramente se olvida del 149, para poner una coletilla en su voto en el consejo de administración. Le sigue el secretario del consejo, otro funcionario público pagado por el Estado, pero que como le debe el cargo a Juan Vivas, porque el presidente del puerto lo nombra el presidente de la Comunidad Autónoma sin ningún criterio que se lo restrinja. Pueden nombrar a un équido o un asno, como Calígula. Por ejemplo podía pasar este nombramiento por los Parlamentos autonómicos y ni eso, lo cual instala a los Puertos en una satrapía, donde el sátrapa de turno hace lo que le da la gana.

Esto explica que estos se puedan cachondear del Estado central y del artículo 149 sin ningún coste. Porque también en este estado de las autonomías fabricado a golpe de intereses personales como los de Aznar, en el año 1996, tampoco el Estado puede remover, cesar a un funcionario público. Bueno, lo puede hacer porque hay una recóndita potestad en una norma del Ministerio de Hacienda que nunca se ha utilizado. Una especie de articulo 155.

En este caso el Estado y todos los gobiernos desde la transición se han preocupado muy poco de que la Constitución se cumpla y así pasa lo que pasa, que hasta los mismos funcionarios públicos se cachondean del poder de ese Estado, lo cual solo puede llegar a la conclusión de que este Estado en su configuración actual y en lo que se le venda a los ciudadanos no es lo que se dice, simple y llanamente. Es fallido.

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