REVISTA PUERTOS Y NAVIERAS - 26/11/2020
La AP de Santa Cruz de Tenerife, anuncia resolución del Consejo de Administración.

El BOE informa de las resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife relativa a la ampliación del plazo que habilita a la entidad Remolcadores y Barcazas de Tenerife, S.A., para la prestación del servicio portuario de remolque en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2020, acordó autorizar la ampliación del plazo de la licencia que habilita a la entidad
Remolcadores y Barcazas de Tenerife, S.A., para la prestación del servicio portuario de remolque en los puertos de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife durante el periodo que se requiera en tanto, una vez publicado en el BOE, tenga lugar la entrada en vigor del nuevo Pliego de Prescripciones Particulares y se otorgue nueva licencia bajo los condicionantes de dicho Pliego sin que, en ningún caso, dicho periodo pueda exceder de seis (6) meses contado a partir de la fecha de adopción del presente acuerdo y con estricta sujeción al Reglamento (UE)2017/352, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos, al TRLPEMM, siempre y cuando no contradiga a lo establecido en el mencionado Reglamento, al Pliego regulador aprobado por Puertos del Estado en el año 2006 en lo que no se oponga al TRLPEMM, al Pliego de Condiciones del servicio portuario de remolque en vigor en lo que no se oponga a los anteriores y a las tarifas que estén en vigor.

Lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.3 del Texto Refundidoundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hace público para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de noviembre de 2020.- Presidente, Carlos E. González Pérez.

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