DIARIO DE LOGÍSTICA TRANSPORTE Y ALMACENAJE - 15/11/2023
Análisis.

El mismo texto de la Ley de Amnistía, la pone en evidencia.

El desasosiego de amnistiar, olvidar delitos, ayer y hoy.


El mismo texto de la ley de amnistía, la pone en evidencia, al soslayar mediante circunloquios, amnistiar directamente un intento de golpe de estado. El articulado se pierde en descripciones largas de delitos pero no menciona directamente las leyes de desconexión y la proclamación de una República independiente.
Todas las amnistías de delitos poco justificadas producen la misma sensación de desasosiego. Se repite parcialmente la historia.

La ley de Amnistía, registrada el día 13 en solitario por el Partido Socialista, en el Congreso de los diputados, es digna de leerse fuera de cualquier comentario previo. Puede que todas las leyes de amnistía cuando tienen que relacionar una larga lista de delitos a amnistiar, produzcan el mismo malestar.

Indudablemente la ley de amnistía del año 1977, pre constitucional, y de la que ahora se hace ejemplo por parte de este gobierno y los tribunales adeptos al mismo, curiosamente de izquierdas, debió de causar la misma impresión a las víctimas de la guerra y la posguerra, (de izquierdas y de derechas) completamente olvidadas de un plumazo por el interés entonces de los componentes del antiguo régimen de Franco de ponerse a salvo de toda responsabilidad, de un Santiago Carrillo con deseo de volver, y de las prisas del PSOE para llegar al poder.

La incomprensión de mandar al olvido tantos desmanes, cuando la guerra había terminado y se esperaba cierta magnanimidad del vencedor, o al menos una justicia transparente, debió causar desesperación entre la víctimas. Hoy en día se quiere cubrir ese expediente con la llamada Memoria Histórica, ver la foto del acto de de la semana pasada, donde se le han dado unos diplomas a las víctimas por parte de Bolaños y Sánchez. Sucedáneo de la justicia para las víctimas.

Todas las amnistías de delitos poco justificadas producen la misma sensación de desasosiego, esta también.

Fuera y aparte de la tesis de que los diputados constituyentes rechazaron incluir las amnistías en la Constitución del 78, y se rechazó expresamente una enmienda en este sentido, seguramente por el mal sabor producido por la forzada del 77, la mera lectura de la Ley de Amnistía registrada en él Congreso de los Diputados ofrece el relato más preocupante en su contra, cuando en el largo título I enumera todos los delitos que se amnistían.

Si se lee directamente estos artículos que son los primordiales, el catálogo de delitos que se amnistían resulta demoledor por varios motivos.

Comienza el título uno diciendo "Quedan amnistiados los siguientes actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias,.."

Es decir que el eje de la amnistía son las consultas, el referéndum ilegal, acciones que son más fáciles de entender como excusables. Para nada habla en primer lugar de las leyes de desconexión y la proclamación de la República. Tampoco se habla de sedición, como ya se suprimió el delito, no hace falta, aunque entonces estaba vigente.

Solo los alude en el apartado a) al decir que comprende "Los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña", eufemismos para describir un alzamiento civil, luego se entretiene en una descripción farragosa, que más que aclarar a los tribunales sirve para encubrir con palabras que se amnistía un golpe de estado, desde dentro del Estado. La proclamación de una república.

En la larga Ley solo se menciona una vez directamente la palabra secesión.

Y es que en el artículo uno se quiere justificar la amnistía perdonando expresamente los delitos de haber organizado y convocado un referéndum ilegal lo cual es un delito, que está por debajo del provocado por el golpe de Estado institucional, que debe de tener además en el caso de altos funcionarios y diputados, las características de un delito de traición. Tan grave es volver las armas, dadas por el pueblo contra el pueblo, como volver las instituciones del pueblo contra el pueblo.

Es curioso que tras emplear párrafos y párrafos en describir pormenorizadamente, pero dejando abiertos numerosos delitos, el legislador y el redactor le haya dado reparo ver expresamente amnistiado un delito de golpe de Estado. Por si acaso, sirve de precedente en el futuro.

Luego la minusvaloración de lo que llama desordenes públicos e inmediatamente la compensación en los delitos que pudieron cometer los agentes como si fuesen igual de numerosas las causas, apartado de d y e.

Luego llegan las exclusiones a la amnistía. Cuya lista es curiosa, excluye a los que hubiesen provocado abortos, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad.

Los actos tipificados como delitos de terrorismo cuando haya recaído sentencia firme, bochornoso regate a la Audiencia Nacional.

Excluye los delitos en cuya ejecución hubieran sido apreciadas motivaciones racistas, antisemitas, antigitanas, con un largo etc.. pero que no excluye declaraciones xenófobas, o supremacistas como las del ex presidente de la Generalitat, Quim Torra, que decía aquello de que los españoles "son bestias carroñeras, víboras, hienas con una tara en el ADN".



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